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SAT: vence plazo para devolución de saldo a favor

2026-07-28 14:02:20   230 Visitas


México.- El próximo viernes 31 de julio es la fecha límite para solicitar la devolución automática del saldo a favor al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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De acuerdo con la autoridad fiscal, las personas físicas que presentaron su Declaración Anual 2025 podrán acceder a la devolución automática.

Dicho mecanismo sólo aplica para los contribuyentes que tienen saldo a favor al presentar su declaración y eligieron la opción de devolución.


¿Qué pasa si no solicito la devolución antes de la fecha límite?

Después de la fecha límite 31 de julio no será aplicable la devolución en su esquema automático ante el SAT, por lo que el saldo a favor deberá solicitarse a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Bajo este formato, el contribuyente debe presentar una solicitud formal donde solicite la devolución del saldo a favor. En algunos casos, incluso deben anexarse documentos.


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Paso a paso para solicitar tu devolución automática

Ingresa al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma

Presenta tu Declaración Anual y revisa que los ingresos, retenciones, deducciones personales y demás información precargada sean correctos

Verifica que exista un saldo a favor y registra o confirma tu CLABE bancaria a tu nombre para recibir el depósito

Envía la declaración. Si cumples con los requisitos del Sistema Automático de Devoluciones (SAD), no necesitas presentar una solicitud adicional

Consulta el estatus de la devolución en el portal del SAT

Si la devolución automática no procede, puedes solicitar el saldo a favor mediante el FED


Recomendaciones para el saldo a favor

Presenta tu Declaración Anual dentro del plazo del Sistema Automático de Devoluciones

Verifica que tu CLABE bancaria sea correcta y esté activa a tu nombre

Revisa que la información precargada en tu declaración sea correcta

Conserva los comprobantes fiscales (CFDI) que respalden tus deducciones personales

No modifiques la CLABE bancaria después de presentar la declaración, salvo que sea estrictamente necesario, para evitar retrasos en el depósito

Consulta el estado de tu devolución en el portal del SAT. Puedes dar seguimiento al trámite desde el apartado “Consulta tu devolución automática”

Si la devolución automática no procede, presenta el Formato Electrónico de Devoluciones (FED)

Mantén actualizado tu Buzón Tributario y tus medios de contacto


Edición: Nallely Durán