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CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que hermanos que asumieron el cuidado de sus familiares puedan ser considerados en la herencia, incluso por encima de padres que los abandonaron.
En una resolución discutida el 9 de junio de 2026, el máximo tribunal del país estableció que las reglas del Código Civil en materia de sucesión no deben aplicarse de forma automática cuando existen antecedentes de abandono familiar.

El criterio surgió a partir de un caso en Puebla, donde una mujer impugnó que la totalidad de la herencia de su hermano con quien vivía y mantenía un vínculo cercano de cuidado fuera otorgada a su padre, quien había estado ausente durante gran parte de sus vidas.
Aunque la legislación vigente da prioridad a los padres en la sucesión cuando no hay descendientes, la Corte determinó que los jueces deben analizar el contexto de cada caso y valorar factores como la convivencia, el apoyo y la responsabilidad asumida entre los integrantes de la familia.
Durante la discusión, las y los ministros señalaron que el derecho no puede aplicarse de manera que beneficie a quienes incumplieron sus obligaciones familiares, por lo que el abandono puede ser un elemento relevante al momento de definir quién tiene mejor derecho a heredar.

La resolución no modifica directamente la ley, pero sí fija un criterio que permitirá a los tribunales actuar con mayor flexibilidad y tomar en cuenta las relaciones reales de cuidado por encima de los vínculos exclusivamente biológicos.
Con este fallo, la SCJN refuerza la idea de que los lazos construidos a partir del cuidado y la responsabilidad pueden tener peso legal en la resolución de conflictos hereditarios en México.