Puedes o no cambiar vacaciones por dinero

2024-11-10 21:41:52   599 Visitas


Ciudad de México.- En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los días de vacaciones no pueden ser intercambiados por una compensación monetaria.



Según el artículo 79, los trabajadores deben disfrutar de sus días libres y no pueden recibir dinero a cambio de ellos.

Excepción en caso de fin de la relación laboral

La ley hace una excepción cuando el empleado termina su relación laboral antes de completar el año de servicio. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una remuneración proporcional por los días de vacaciones no disfrutados. Esto significa que, si una persona deja su trabajo antes del primer año completo, puede recibir un pago en función del tiempo trabajado.

Incremento de días de vacaciones con antigüedad

Los días de vacaciones en México aumentan progresivamente conforme los años de servicio. A partir de la reciente reforma, los empleados cuentan con 12 días de vacaciones en el primer año, y esta cantidad incrementa conforme el trabajador acumula más tiempo en la empresa.

Con esta legislación, se busca garantizar el descanso de los trabajadores y evitar que sus días libres sean compensados económicamente, promoviendo un equilibrio entre el tiempo laboral y el descanso personal.




Tabla de vacaciones en México según la LFT

Las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicio. La siguiente tabla muestra la forma en que se deben otorgar los días de vacaciones:

• Año 1: 12 días

• Año 2: 14 días

• Año 3: 16 días

• Año 4: 18 días

• Año 5: 20 días

• De 6 a 10 años: 22 días

• De 11 a 15 años: 24 días

• De 16 a 20 años: 26 días

• De 21 a 25 años: 28 días

• De 26 a 30 años: 30 días

• De 31 a 35 años: 32 días

De acuerdo con el artículo 81 de la LFT, las vacaciones deberán concederse a las personas trabajadoras dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario percibido por las personas trabajadoras.

Asimismo, se le deberá otorgar a las personas trabajadoras una prima vacacional no menor al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.

Para aquellos trabajadores que deseen conocer más detalles sobre sus derechos y obligaciones en relación con las vacaciones, se recomienda consultar la Ley Federal del Trabajo o buscar asesoría legal especializada.


Edición: Aracely Borunda