Ciudad de México.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 7 de junio, en su edición vespertina, la reforma por la que se sancionan y prohíben las terapias de conversión en México.
El nuevo marco legal, que hoy entra en vigor, incluye multas, penas de prisión hasta inhabilitación profesional a quienes cometan estos delitos.
La legislación busca proteger el libre desarrollo de la personalidad de las personas, así como la seguridad que no se obstaculice restrinja o suprima su orientación sexual, identidad o expresión de género.
También se pretende garantizar el respeto a los derechos humanos y evitar prácticas discriminatorias y coercitivas en contra de cualquier individuo por si orientación sexual o identidad de género.
Dicha reforma se mantuvo en pausa dos años en el Congreso, pero el 23 de marzo, la Cámara de diputados la aprobó con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones el proyecto de reformas para tipificar como delito las llamadas terapias de conversión. En octubre de 2022 había sido aprobada en el Senado.